martes, 31 de enero de 2012

CASO LA POMA

QUE OCURRIO?


En la tarde del 17 de junio de 1996, se produjo un enfrentamiento entre agentes de la PM y un grupo de atracadores en la panadería La Poma. La primera versión oficial arrojó como saldo un total de 4 muertes: la de la agente Charito Martínez y la de los 3 asaltantes. Luego, un canal de televisión divulgó las imágenes de dos asaltantes (Johnny Calderón y Carlos Perdomo) al momento de ser capturados e introducidos en los vehículos policiales completamente ilesos.
Según el informe, los dos fueron ejecutados después de su captura por la muerte de la agente. Una de las víctimas, presentó además hematomas y quemaduras en los dedos, evidencias de torturas. Días más tarde, se les dictó a 7 funcionarios de la PM auto de detención por homicidio calificado y uso indebido de armas. En septiembre, el juez 15 penal, Arnoldo Echegaray, revocó los autos de detención a todos los efectivos, alegando insuficiencia de pruebas.
Se consideran violaciones al derecho a la vida
aquellas muertes que se producen cuando la víctima estuviese desarmada. También, cuando el funcionario haya hecho uso de su arma para fines privados fuera de su horario de servicio, o cuando las versiones oficiales de enfrentamiento, intento de fuga, defensa propia, resistencia al arresto y otras, aducidas por funcionarios policiales y militares, sean desmentidas por familiares o testigos. Asímismo, es una violación a ese derecho cuando los familiares u otras personas vinculadas a la víctima soliciten una investigación independiente, poniendo en duda la versión oficial. Tanto los abogados, como fiscales y defensores de derechos humanos consultados, coinciden en que la mayor parte de los delitos no son castigados porque los cuerpos policiales gozan de impunidad, por el simple hecho de ser funcionarios públicos. Aunque algunos expertos admiten que la piedra de tranca para enjuiciar a los efectivos implicados en delitos está en el proceso de averiguación (nudo hecho), y otros señalan que se encuentra en los tribunales, todos proponen como solución la pronta reforma del sistema judicial y penal venezolano. Los representantes de Amnistía Internacional presentaron un informe al Gobierno en julio del año pasado donde se mostraban casos concretos de violación al derecho a la vida por parte de cuerpos policiales, y se denunciaba el hecho de que los culpables nunca fueron castigados. El Gobierno en ese momento no respondió la denuncia.

DERECHOS CILVILES Y POLITICOS

DERECHOS CILVILES Y POLITICOS


Las ejecuciones afectan indistintamente a cualquier ciudadano, pero parecieran procedimiento común dentro del marco del combate a la delincuencia. En horas dela tarde del 17.06.96 se produjo un violento enfrentamiento entre agentes de la PM y un grupo de atracadores que acababa de robar un local comercial en Caracas (Panadería La Poma). La primera versión oficial arrojó como saldo un total de cuatro muertes: la de la gente Charito Martínez y la de los tres asaltantes: Oswaldo E. Melean (32), Johnny CALDERON (28) Y Carlos A. PERDOMO (25). En un primer momento, la atención dela opinión pública se dirigió con mayor énfasis la figura de la primera mujer policía en el ejercicio de su deber, pero en lanoche de ese mismo día, un canal de televisión divulgó las imágenes de Calderón y Perdomo al momento de ser capturados e introducidos en los vehículos policial es, completamente ilesos, en contraste con sus cadáveres fotografiados
en la morgue (ver Anexo N° 7). Los dos fueron ejecutados después de su captura,
en venganza por la muerte de la agente. Una de las víctimas presentó además hematomas y quemaduras en los dedos de la mano, evidencias
de torturas. Este hecho terminó de evidenciar la existencia de un supuesto "código de honor",


Programa de Normativa Internacional de DDHH



UNIDAD I: ASPECTOS HISTÓRICOS BÁSICOS DE LOS DERECHOS HUMANOS

1.1  Orígenes: El humanismo clásico. El humanismo Renacentista en America Latina. Conquistas históricas en Derechos Humanos. Derechos Humanos en Venezuela.

1.2  Antecedentes Históricos de la Legislación en Derechos Humanos: La Liga de las Naciones. Responsabilidad del estado por perjuicio a Extranjeros. Legislación Humanitaria.

UNIDAD II: SISTEMAS DE PROTECCIÓN


2.1  Sistema Universal de Protección de Derechos: Principales organismos de las Naciones Unidas a cargo de la promoción y protección de los derechos humanos. Consejo de seguridad. Asamblea Nacional. Oficina del alto comisionado de las Naciones Unidas para los derechos humanos.

2.2  Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos: Comisión Interamericana. Corte Interamericana de DDHH.

UNIDAD III: NORMATIVAS BÁSICAS.

3. 1Normas básicas de las Naciones Unidas: Carta de la ONU. Carta Internacional de los Derechos Humanos. Declaración Universal de los Derechos Humanos. Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.  Pacto Internacional de los Derechos Económicos, sociales y culturales. Protocolo facultativo del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos. Segundo protocolo facultativo del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos destinado a abolir la pena de muerte.

3. 2 Normas básicas del Sistema Interamericano. Convención Americana sobre Derechos Humanos. Declaración Americana y los deberes del Hombre.